El Consejo de la Unión Europea (UE) también aprobó que los que posean certificado COVID digital no deberán estar sujetos a ninguna restricción adicional.
El Consejo de la Unión Europea (UE) —que representa los intereses de los Gobiernos de los países miembros— ha acordado nuevos cambios que afectan a la movilidad de los viajeros en tiempos de pandemia y que entrarán en vigor a partir del 1 de febrero.
Una de las principales novedades es que los test de antígenos solo tendrán una validez de 24 horas para poder ser utilizados para los desplazamientos internacionales. Hasta ahora, la validez establecida era de 48 horas —cabe destacar que las pruebas PCR, más costosas, tienen una validez de 72 horas—.
La recomendación del Consejo —que no es vinculante, es decir, no es de obligado cumplimiento— establece las medidas de COVID-19 deben aplicarse teniendo en cuenta el estado de la persona en lugar de la situación a nivel regional. Así ahora los viajes dependerán de si el viajero porta o no certificado COVID digital de la UE válido:
Los que lo posean no estarán sujetos a ninguna restricción —países como Italia, Portugal, Alemania o Países Bajos sí que exigen pruebas adicionales actualmente—. Cabe recordar que pueden obtenerlo se debe contar con una de estos tres documentos:
- Un certificado de vacunación de una vacuna aprobada a nivel europeo si han pasado al menos 14 días y no más de 270 días (9 meses) desde la última dosis. Los estados miembros también pueden aceptar certificados de vacunación para las vacunas aprobadas por las autoridades nacionales o la OMS.
- Un resultado negativo de la prueba de PCR obtenido no más de 72 horas antes del viaje o de una prueba de antígenos rápida obtenida no más de 24 horas antes del viaje.
- Un certificado de recuperación que indique que no han pasado más de 180 días desde la fecha del primer resultado positivo.
Las personas que no estén en posesión de un certificado COVID digital de la UE podrían verse obligadas a someterse a una prueba antes o a más tardar 24 horas después de la llegada. Los viajeros con una función o necesidad esencial, los transfronterizos y los niños menores de 12 años deben estar exentos de este requisito.